Acerca de la inscripción de actas, libros y documentos ...
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 del Código de Comercio, los comerciantes tienen la obligatoriedad de inscribir los libros de comercio, sin que dicha obligación esté sujeta a requisito adicional alguno, ni a excepciones y la forma en la cual debe llevarse los libros y sus efectos probatorios están regulados en el artículo 15 de la Constitución Nacional, el Código de ...
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